Micelio
Auto28 de junio de 2017

A- de 2017

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Afp Porvenir S.A.·Demandado Departamento Del Quindio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Corte Constitucional
  • Competencia a prevención de jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito de Armenia y el Juzgado Veintinueve Civil del Circuito de Bogotá.

La Corte considera que el despacho judicial de la ciudad de Armenia, al tomar las reglas de competencia contenidas en el Decreto 2591 de 1991 para declararse incompetente y no efectuar un pronunciamiento de fondo, contrarió la finalidad de la acción de tutela y la garantía efectiva de los derechos fundamentales, en la que priman los derechos inalienables de las personas y los principios de informalidad, sumariedad y celeridad.

En consecuencia, dirime la controversia con la remisión del expediente a dicho despacho judicial, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del
  2. primero. (1º) de junio de dos mil diecisiete (2017), proferido por el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de Armenia, Quindío, dentro del trámite de acción de tutela formulada por la Sociedad Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., mediante apoderado, contra el Departamento del Quindío - Fondo Territorial de Pensiones.
  4. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2897 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito de Armenia, Quindío, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
  6. Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Veintinueve Civil del Circuito de Bogotá D.C.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.